Justicia Juvenil Internacional tiene como visión que el internamiento sea utilizado como último recurso y por el periodo más breve posible. JJI invierte sus esfuerzos en mediante asistencia técnica a los operadores del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes en la plena implementación de la LNSIJPA y las buenas prácticas bajo el Derecho Internacional. Ante la pandemia del COVID 19, JJI desea comunicar algunas cuestiones preocupantes.
- La propagación de COVID 19 al interior de los centros de internamiento para adolescentes.
- El respeto de los Derechos Humanos.
- El riesgo a la salud mental de los adolescentes en internamiento.
Ante estas preocupaciones, Justicia Juvenil Internacional exhorta a los centros de internamiento a tomar las siguientes acciones:
- Implementar las medidas preventivas recomendadas por la CNDH:
- Elaborar un plan para mantener informada la población, visitantes y personal;
- Sensibilizar a los visitantes y personal sobre medidas preventivas;
- Implementar las medidas preventivas recomendadas, tener jabón y gel desinfectantes en las entradas, en las celdas/dormitorios y áreas administrativas.
- Asegurar que ningún área se encuentre sobrepoblada. En algunas ocasiones se implementa la práctica de juntar los adolescentes en uno(s) módulo(s) y dejar otros módulos vacíos, con el efecto de tener áreas sobrepobladas dentro del centro.
- Implementar recomendaciones de las autoridades sobre revisiones a personas que tiene contacto con los adolescentes.
- Continuar con los protocolos de revisión de salud de los internos, identificar casos vulnerables o con enfermedades respiratorias que deben de contar con atención extra o cuidados especiales.
- Fomentar una cultura de limpieza más estricta con los internos.
- En caso de limitar el derecho a la visita familiar:
- Tomar todas las precauciones sanitarias recomendadas por las autoridades de salud;
- Se puede limitar la visita familiar a menos miembros familiares por adolescente;
- Se puede limitar la visita para proteger a las poblaciones vulnerables como adultos mayores y niñ@s menores de 12 y
- Visitas sin contacto físico.
- En caso de suspender el derecho a la visita familiar:
- Llamadas telefónicas gratuitas cada día hasta 20 minutos.
- Llamadas por celulares en instalaciones donde no tiene líneas telefónicas dedicadas para los adolescentes hacer llamadas.
- Video llamadas en casos que sea posible.
- Proveer materiales para escribir cartas o correos electrónicos o medios electrónicos para tener contacto con sus familiares. Como por ejemplo la toma de fotos y enviarlas por WhatsApp a sus familias.
- Implementar un mecanismo de transparencia compartiendo los reportes de incidencias diarias con autoridades competentes como SIPINNA, CEDH, la Procuraduría de Protección de NNyA.
- En caso de no contar con la realización de reportes de incidencia, se sugiere implementar esta práctica y hacerla transparente.
- Permitir una visita semanal de CEDH tomando todas las medidas preventivas recomendadas para evitar contaminación.
- En caso de limitar el ingreso de talleristas, voluntarios, profesores, personal técnico, etc.
- Aumentar tiempos de actividades deportivas.
- Aumentar tiempos en la biblioteca y áreas lúdicas para juegos de mesa.
- Aumentar tiempo o permitir el uso de la televisión y poner películas apropiadas.
- Permitir libros en sus dormitorios.
- Permitir cuadernos y lápices en sus áreas y celdas bajo cuidado.
- Permitir juegos de mesa en sus áreas y celdas dormitorios.
- Ser diligentes en detectar signos de depresión e ideación del suicidio.
- Contacto semanal con las familias de adolescentes para mantenerlas informadas y escuchar de sus comentarios dudas e inquietudes.
- Crear un foro para comunicar con los adolescentes las medidas preventivas y todos cambios de protocolos normales del centro para mantenerlos informados y escuchar de sus comentarios dudas inquietudes respetando su derecho de ser escuchados. Tomar este espacio para explicar a los jóvenes qué está pasando sin alarmarlos innecesariamente, a fin de que también ellos tengan conocimiento de causa.
A los operadores del sistema se les recomienda lo siguiente:
- Suspender la imposición de medidas cautelares privativas de la libertad
- Proporcionar libertad cautelar a:
- Adolescentes con un alguna condición médica;
- Adolescentes embarazadas;
- Adolescentes con 4 meses de internamiento preventivo;
- Adolescentes imputados por delitos de “bajo impacto” y
- Cambiar la medida por internamiento domiciliario en los casos posibles.
- Proporcionar libertad condicional a:
- Adolescentes con un alguna condición médica;
- Adolescentes embarazadas;
- Adolescentes con medidas de semi internamiento o internamiento durante tiempo libre y reemplazarlo con internamiento domiciliario;
- Adolescentes con menos que 6 meses de tiempo en su sanción privativa de la libertad y
- Posponer o cambiar medidas sancionadoras de privación en casos de adolescentes con medidas cautelares no privativas.
Animamos a los centros de internamiento a contactarnos en caso de requerir asistencia técnica para elaborar estos protocolos de transparencia. Animamos igualmente a los centros donde colabora nuestro equipo directamente a comunicar necesidades de materiales durante esta etapa. Favor de contactarnos a: info@jjimexico.org. Pueden seguirnos a través de nuestra cuenta de Twitter @jji_esp o facebook.com/jjimexico/ para más actualizaciones.